Junta General 2 Diciembre
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Junta General 2 Diciembre
Hola vecin@s.
Este miercoles no voy a poder asistir a la junta y abusando de vosotros me gustaría que alguien postease los puntos más importantes que se traten, las decisiones tomadas...etc.
Cuando envíen el acta la colgaré, si alguien la consigue en formato electrónico que la postee o me la envie para colgarla en el foro.
Gracias a tod@s.
Admin.
Este miercoles no voy a poder asistir a la junta y abusando de vosotros me gustaría que alguien postease los puntos más importantes que se traten, las decisiones tomadas...etc.
Cuando envíen el acta la colgaré, si alguien la consigue en formato electrónico que la postee o me la envie para colgarla en el foro.
Gracias a tod@s.
Admin.
Re: Junta General 2 Diciembre
Aupa ....
Admin parece ser que la reunion Extraordinaria va sobre un asunto de la pastilla 17. --Yo no se que asunto .
...No se si se pondra encima de la mesa el asunto del paso de cebra ( aunque como ha dicho diablilla , ya esta en marcha), Y el tema de la canasta...no se ....
Haber.. Diablilla danos info please ¿ Que pasa en la pastilla 17?.... (Un buen nombre para una peli).
Un saludo a tod@s.
En especial al Buho y a Once More ... Que ya podrian haber invitado a unas cañas virtuales a los aqui presentes...
Bueno esta ronda la saco yo
Admin parece ser que la reunion Extraordinaria va sobre un asunto de la pastilla 17. --Yo no se que asunto .
...No se si se pondra encima de la mesa el asunto del paso de cebra ( aunque como ha dicho diablilla , ya esta en marcha), Y el tema de la canasta...no se ....
Haber.. Diablilla danos info please ¿ Que pasa en la pastilla 17?.... (Un buen nombre para una peli).
Un saludo a tod@s.
En especial al Buho y a Once More ... Que ya podrian haber invitado a unas cañas virtuales a los aqui presentes...
Bueno esta ronda la saco yo
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
Re: Junta General 2 Diciembre
Saludos forer@s (ronda para todos!!!)
¿Nadie sabe nada de lo hablado en la reunión?
Admin.
¿Nadie sabe nada de lo hablado en la reunión?
Admin.
Re: Junta General 2 Diciembre
Agradezco las rondas...
Yo tampoco pude ir... Haber si ha ido algun cofrade....
Yo tampoco pude ir... Haber si ha ido algun cofrade....
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
Re: Junta General 2 Diciembre
A ver ,al de la pastilla 17 y a su vecino se le ha aplastado la tuberia que baja de las pastillas de arriba y que es de pluviales,y se le ha inundado el txoko(2 veces)la primera la pago el seguro de su casa (solo los desperfectos de la de la inundacion),pero la segunda , reclama a la comunidad el arreglo de la tuberia, que esta a casi 5 metros y han tenido que hacer un agujero que parece que le ha caido una bomba en el jardin.Total, que la broma asciende a 50.000€ ,se expuso el tema y hemos decidido que como ahora ya tenemos un abogado que se encarga de estos temas, se la va a consultar a quien pertenece la tuberia( que yo tengo claro que es de la comunidad) pero claro, si es un vicio de construccion y empieza a salir todos los meses cosas de estas y lo tenemos que pagar la comunidad aunque seguido nosotros se lo reclamemos a Loruri ,no vamos a tener dinero ni para pagar ni para reclamar,entonces,con lo que diga el abogado ,se va ha hacer otra junta extraordinaria y ya veremos.Eso es todo, dos horas justitas ,yo a la 10 estaba en casa.IN....CREIBLE.
la diablilla- Caballero Jedi
- Mensajes : 184
Fecha de inscripción : 08/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Aupa Diablilla... Blanco y en Botella. Milla esker.
El origen: La mala construcion y urbanizacion... Lo demas: CIZAÑA de parte de LORURI.... Lo de siempre...: , Que si nosotros hacemos mal ; Nos critican que nos denuciamos los unos a otros..,que entre nosotros nos odiamos y que no valemos como comunidad ... ; Nos dicen que fulano ha hecho eso y el otro tambien...; Que si el vecino tal y el de la pastilla cual....
Y en todas las exigencias en el tu a tu con nuestros queridisimos vendedores ellos SIEMPRE nos han sacado la mierda del vecino( Que vamos vivir y sufrir juntos sus desmanes) para encubrir sus deficiencias urbanisticas y estructurales .... y esa a sido su forma de actuar. En definitiva en lugar de solucionar, a sido la de "MAL METER" y el decir :Tu no te preocupes, no vas ha tener ese problema...; MENTIRAS. Y aqui, caemos como bobos, que no nos engañen mas.... Al final hicieron la de divides y venceras... ¿ Han vencido?
Espero que el gabinete de abogados sea lo mas vehemente en nuestra defensa... , a estas alturas... Ya no hay que negociar nada y pagaria mil derramas para que asi fuera. ... Yo creo que ya no tenemos nada que perder.... Y si mucho que ganar... Ni un paso atras. Algunos llevamos 5 años viviendo aqui , y no quiero que me engañen mas ( bastante tonto , como much@s he sido)..........
Perdon por el arrebato.
no me sacado unas Rondas para la cofradia .. aqui estan las Birras... un brindis al futuro....
El origen: La mala construcion y urbanizacion... Lo demas: CIZAÑA de parte de LORURI.... Lo de siempre...: , Que si nosotros hacemos mal ; Nos critican que nos denuciamos los unos a otros..,que entre nosotros nos odiamos y que no valemos como comunidad ... ; Nos dicen que fulano ha hecho eso y el otro tambien...; Que si el vecino tal y el de la pastilla cual....
Y en todas las exigencias en el tu a tu con nuestros queridisimos vendedores ellos SIEMPRE nos han sacado la mierda del vecino( Que vamos vivir y sufrir juntos sus desmanes) para encubrir sus deficiencias urbanisticas y estructurales .... y esa a sido su forma de actuar. En definitiva en lugar de solucionar, a sido la de "MAL METER" y el decir :Tu no te preocupes, no vas ha tener ese problema...; MENTIRAS. Y aqui, caemos como bobos, que no nos engañen mas.... Al final hicieron la de divides y venceras... ¿ Han vencido?
Espero que el gabinete de abogados sea lo mas vehemente en nuestra defensa... , a estas alturas... Ya no hay que negociar nada y pagaria mil derramas para que asi fuera. ... Yo creo que ya no tenemos nada que perder.... Y si mucho que ganar... Ni un paso atras. Algunos llevamos 5 años viviendo aqui , y no quiero que me engañen mas ( bastante tonto , como much@s he sido)..........
Perdon por el arrebato.
no me sacado unas Rondas para la cofradia .. aqui estan las Birras... un brindis al futuro....
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
Re: Junta General 2 Diciembre
Hola.
Me pongo en el lugar del vecino que ha sufrido las inundaciones y vaya "marrón"... Yo entiendo que la tubería problemática pertenece a la comunidad ya que si transporta aguas pluviales desde una pastilla hacia donde sea pasando cerca del txoko de este vecino pertenece a "toda la pastilla" y por lo tanto a la comunidad por tratarse de un elemento común.
Por aclararme un poco ¿quien reclama a la comunidad? ¿el vecino a la aseguradora?...
En cualquier caso me temo que no va a ser (no está siendo mejor dicho) un hecho puntual, ya que problemas de atascos, arquetas desbordadas...etc son "demasiado" frecuentes para ser temas puntuales y más parecen problemas de construcción.
El problema al final, es "gordo", ya que el vecino afectado (o su aseguradora) reclama a la comunidad, la comunidad a Loruri, la avería supongo que sin arreglar (que alguien me corrija si me equivoco), el vecino se terminará mosqueando o con la aseguradora o con la comunidad porque estará aburrido de tener "piscina cubierta" y socavón en el jardín.
Como bien dice El Follonero al final nos "mosqueamos" entre nosotros y las constructora de "rositas". En fin no se cual será la solución a estos problemas, pero entiendo que la comunidad no podrá hacer frente a muchos problemas "puntuales" de 50.000 leurazos.
Lo que si está claro es que tenemos que reclamar todo este tipo de incidencias a la constructora.
A por ellos!!!
Me pongo en el lugar del vecino que ha sufrido las inundaciones y vaya "marrón"... Yo entiendo que la tubería problemática pertenece a la comunidad ya que si transporta aguas pluviales desde una pastilla hacia donde sea pasando cerca del txoko de este vecino pertenece a "toda la pastilla" y por lo tanto a la comunidad por tratarse de un elemento común.
Por aclararme un poco ¿quien reclama a la comunidad? ¿el vecino a la aseguradora?...
En cualquier caso me temo que no va a ser (no está siendo mejor dicho) un hecho puntual, ya que problemas de atascos, arquetas desbordadas...etc son "demasiado" frecuentes para ser temas puntuales y más parecen problemas de construcción.
El problema al final, es "gordo", ya que el vecino afectado (o su aseguradora) reclama a la comunidad, la comunidad a Loruri, la avería supongo que sin arreglar (que alguien me corrija si me equivoco), el vecino se terminará mosqueando o con la aseguradora o con la comunidad porque estará aburrido de tener "piscina cubierta" y socavón en el jardín.
Como bien dice El Follonero al final nos "mosqueamos" entre nosotros y las constructora de "rositas". En fin no se cual será la solución a estos problemas, pero entiendo que la comunidad no podrá hacer frente a muchos problemas "puntuales" de 50.000 leurazos.
Lo que si está claro es que tenemos que reclamar todo este tipo de incidencias a la constructora.
A por ellos!!!
VecinoMedio- Padawan
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 02/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Ahora mismo,esta reclamando el vecino,por que su aseguradora, me imagino que al ver el tomate, se ha lavado las manos y ya no paga ,ademas reclama también la avería primera que pago al vecino y que asciende a 11.000€ (eramos pocos y pario la agüela)total ,una ruina.Ahora mismo el Presi esta teniendo una reunion con el concejal de urbanismo de santurtzi, tambien va a ir el abogado y se le consultara el tema, a ver que nos dice.
Ya os informare de lo que salga de la reunion
Ya os informare de lo que salga de la reunion
la diablilla- Caballero Jedi
- Mensajes : 184
Fecha de inscripción : 08/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
por el Presi y unas cervezas para todos.
...Haber, haber que tenga suerte el Presi, y gracias por la informacion Diablilla.
...Haber, haber que tenga suerte el Presi, y gracias por la informacion Diablilla.
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
""Empiezan los problemas serios""
Yo estuve en la reunión y efectivamente, el problema en esta vivienda es serio. Pero en la reunión hubo varios vecinos que plantearon tener también problemas muy serios en sus pastillas (la 6 y paralelas, la 11, el centro cívico, la 30 y 31), problemas todos ellos de coste muy elevado.
Estamos hablando de mucho dinero.
Por eso, creo que lo más acertado fue retrasar la Asamblea hasta que el asesor jurídico que hemos contratado nos asesore (valga la redundancia) adecuadamente.
De todas formas y puestos a mojarse, para mí, estos asuntos no son competencia de la Comunidad (he consultado mis escrituras y no dice nada de que los saneamientos sean comunitarios) sino del Ente de Conservación. Para mi, es otra entidad jurídica distinta que tendrá otros Estatutos distintos a los de la Comunidad y que se rige por normas distintas. Creo que el mantenimiento de los saneamientos o es municipal o en todo caso corresponderá su mantenimiento al Ente de Conservación.
Ahora bien, ¿está constituido ese famoso Ente de Conservación?. Si lo está no entrará en funcionamiento mientras la Urbanización no sea recepcionada por los Ayuntamientos. Mientras tanto el mantenimiento de la Urbanización le corresponde a la Promotora.
Existe ya jurisprudencia en este sentido. (os puedo poner un vínculo a la distinta jurisprudencia)
Por lo tanto, lo que nuestros abogados deben exigir con la mayor diligencia es que la Promotora mantenga esta Urbanización hasta que la misma sea recepcionada en su totalidad por los Ayuntamientos.
De esta forma a la Promotora le apretaría más el zapato y quizá se diera algo más de prisa en solucionar los problemas para que la urba fuera recepcionada por los Ayuntamientos.
Estamos hablando de mucho dinero.
Por eso, creo que lo más acertado fue retrasar la Asamblea hasta que el asesor jurídico que hemos contratado nos asesore (valga la redundancia) adecuadamente.
De todas formas y puestos a mojarse, para mí, estos asuntos no son competencia de la Comunidad (he consultado mis escrituras y no dice nada de que los saneamientos sean comunitarios) sino del Ente de Conservación. Para mi, es otra entidad jurídica distinta que tendrá otros Estatutos distintos a los de la Comunidad y que se rige por normas distintas. Creo que el mantenimiento de los saneamientos o es municipal o en todo caso corresponderá su mantenimiento al Ente de Conservación.
Ahora bien, ¿está constituido ese famoso Ente de Conservación?. Si lo está no entrará en funcionamiento mientras la Urbanización no sea recepcionada por los Ayuntamientos. Mientras tanto el mantenimiento de la Urbanización le corresponde a la Promotora.
Existe ya jurisprudencia en este sentido. (os puedo poner un vínculo a la distinta jurisprudencia)
Por lo tanto, lo que nuestros abogados deben exigir con la mayor diligencia es que la Promotora mantenga esta Urbanización hasta que la misma sea recepcionada en su totalidad por los Ayuntamientos.
De esta forma a la Promotora le apretaría más el zapato y quizá se diera algo más de prisa en solucionar los problemas para que la urba fuera recepcionada por los Ayuntamientos.
Antonio- Padawan
- Mensajes : 114
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Hola Antonio.
Bienvendio al foro!!!
He estado leyendo con detenimiento tu post y veo que conoces el tema, de hecho hablas de cosas que hasta ahora desconocía
Sobre el tema de saneamientos y si lo extraplasemos a un bloque de viviendas, si el tubo que baja desde el 5º al Bº tiene una fuga e inunda al del 3º por poner un ejemplo el problema es de comunidad. ¿Porque piensas que en este caso el problema es del Ente de conservación?
Por cierto ¿está creado este ente? ¿quien lo conforma o lo debería conformar?
Yo pensaba que el ente se debía hacer cargo de todas aquellas cosas que en un barrio normal serían del ayuntamiento, jardines, viales, iluminación, ¿saneamientos? (pues igual tienes razón) ?Podría haber saneamientos que perteneciesen a la comunidad, por ejemplo lso que pasan por los jardines y saneamientos pertenecientes al ente, por ejemplo los que transcurren por debajo de los viales?
Lo que esá claro, como bien dices hay que apretar a la promotora/constructora ya que no es normal que se den este tipo de "incidencias" con sumas tan elevadas de por medio.
A ver si conseguimos ver la luz al final de tunel...
Un saludo....
VecinoMedio
Bienvendio al foro!!!
He estado leyendo con detenimiento tu post y veo que conoces el tema, de hecho hablas de cosas que hasta ahora desconocía
Sobre el tema de saneamientos y si lo extraplasemos a un bloque de viviendas, si el tubo que baja desde el 5º al Bº tiene una fuga e inunda al del 3º por poner un ejemplo el problema es de comunidad. ¿Porque piensas que en este caso el problema es del Ente de conservación?
Por cierto ¿está creado este ente? ¿quien lo conforma o lo debería conformar?
Yo pensaba que el ente se debía hacer cargo de todas aquellas cosas que en un barrio normal serían del ayuntamiento, jardines, viales, iluminación, ¿saneamientos? (pues igual tienes razón) ?Podría haber saneamientos que perteneciesen a la comunidad, por ejemplo lso que pasan por los jardines y saneamientos pertenecientes al ente, por ejemplo los que transcurren por debajo de los viales?
Lo que esá claro, como bien dices hay que apretar a la promotora/constructora ya que no es normal que se den este tipo de "incidencias" con sumas tan elevadas de por medio.
A ver si conseguimos ver la luz al final de tunel...
Un saludo....
VecinoMedio
VecinoMedio- Padawan
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 02/11/2009
Respuesta a VecinoMedio
Hola VecinoMedio:
Efectivamente creo que hay bastantes dudas por parte de todos (yo el primero) sobre qué es comunitario y qué no lo es.
Pones un ejemplo de extrapolar este caso a un edificio, yo lo determino aún más. Pongamos que en el segundo piso del edificio del centro cívico se produce una rotura en el canalón y afecta al del 1º. ¿Quien debe responder ante este hecho, la Comunidad General ó la Subcomunidad del Centro Cívico?
Los Estatutos de la Comunidad dicen lo siguiente:
CAPITULO SEGUNDO: DE LA PARTE COMUN
ARTICULO 8. ELEMENTOS COMUNES
Son partes o elementos comunes de la urbanización: la parcela resultante “A” destinada a espacios libres de recreo y la parcela de resultado destinada a instalaciones e infraestructuras existentes en la misma y que dan servicio a los diferentes elementos privativos, así como cualesquiera otros que por su naturaleza o carácter tuvieren tal consideración.
ARTICULO 9. VINCULACION “OB REM”
Quedan vinculados “ob rem” todos los elementos privativos integrantes, tanto de la Comunidad General como de las tres Subcomunidades, anteriormente descritas en el artículo 7 de los presentes estatutos, a la parcela de resultado denominada “A” destinada a zona privada de espacios libres de recreo y a la parcela de resultado destinada a instalación e infraestructuras, estableciéndose el grado de vinculación con las referidas parcelas, en función del coeficiente de participación asignado a cada una de las viviendas o elementos privativos integrantes tanto de la Comunidad General como de las tres Subcomunidades en la presente escritura de Declaración de Obra Nueva y división de propiedad Horizontal.
Es decir, tu casa está vinculada a esos elementos comunes (PARCELA A) y por tanto deberás contribuir al mantenimiento de esos elementos comunes según tu cuota de participación.
Los Estatutos dicen también:
CAPITULO TERCERO. DE LA PARTE PRIVATIVA
ARTICLULO 16. DESCRIPCION DE LOS ELEMENTOS PRIVATIVOS
Tal y como se ha expuesto en el artículo 7 de las presentes normas de comunidad, el conjunto urbanístico se encuentra formado por todos los elementos privativos que la conforman, sin perjuicio de que parte de los mismos conforman tres Subcomunidades, que actuarán en los asuntos que le son propios a las mismas, de ahí, que la parte privativa de la Comunidad general se encuentre inexorablemente constituida por todos y cada uno de los elementos privativos que constituyen tanto la presente Comunidad General como las indicadas Subcomunidades.
ARTICULO 17. ELEMENTOS PRIVATIVOS
Pertenecen a sus respectivos dueños, de manera exclusiva, la superficie y el volumen comprendidos dentro de los límites de los elementos privativos descritos en la presente escritura, en relación con las viviendas unifamiliares pareadas, así como las instalaciones, jardines y anejos que les sean exclusivos, espacios privativos de aprovechamiento independiente de los edificios de viviendas, así como las instalaciones y anejos que le sean exclusivos, y en idéntico sentido con respecto al edificio equipamental.
Yo según estos cuatro artículos (8, 9, 16 y 17) de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios entiendo que privativamente debo atender los gastos que se ocasionen en la superficie y volumen comprendidos dentro de los límites de mi propiedad así como de las instalaciones, jardines y anejos que me son exclusivos.
Y comúnmente debo atender en función de mi coeficiente los gastos que se ocasionen en la parcela resultante "A” destinada a zona privada de espacios libres de recreo y a la parcela de resultado destinada a instalación e infraestructuras (parcela esta última de unos 700 m2)
Ahora bien, los espacios de cesión pública (viales con todos sus componentes; alcantarillado, gas, pluviales, telecomunicaciones, alumbrado, mobiliario, etc... y jardines públicos), según convenio entre Promotora y Ayuntamientos, son también de mantenimiento privado, es decir, también me corresponde su mantenimiento. Pero a este mantenimiento he de contribuir no a través de la Comunidad de Propietarios sino a través de un Ente de Conservación. Este Ente de Conservación como su propio nombre indica (CONSERVACION) deberá funcionar cuando la Urbanización sea recepcionda en su totalidad y no antes.
Lee la jurisprudencia presentada en este caso muy semejante al nuestro:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
¿NO TE PARECE QUE NECESITAMOS ASESORAMIENTO JURIDICO COMO AGUA DE MAYO?
Hay que coger al toro por los cuernos de una vez por todas y solucionar todos estos entresijos.
A ver si los abogados contratados nos allanan un poco el camino.
Un saludo
Efectivamente creo que hay bastantes dudas por parte de todos (yo el primero) sobre qué es comunitario y qué no lo es.
Pones un ejemplo de extrapolar este caso a un edificio, yo lo determino aún más. Pongamos que en el segundo piso del edificio del centro cívico se produce una rotura en el canalón y afecta al del 1º. ¿Quien debe responder ante este hecho, la Comunidad General ó la Subcomunidad del Centro Cívico?
Los Estatutos de la Comunidad dicen lo siguiente:
CAPITULO SEGUNDO: DE LA PARTE COMUN
ARTICULO 8. ELEMENTOS COMUNES
Son partes o elementos comunes de la urbanización: la parcela resultante “A” destinada a espacios libres de recreo y la parcela de resultado destinada a instalaciones e infraestructuras existentes en la misma y que dan servicio a los diferentes elementos privativos, así como cualesquiera otros que por su naturaleza o carácter tuvieren tal consideración.
ARTICULO 9. VINCULACION “OB REM”
Quedan vinculados “ob rem” todos los elementos privativos integrantes, tanto de la Comunidad General como de las tres Subcomunidades, anteriormente descritas en el artículo 7 de los presentes estatutos, a la parcela de resultado denominada “A” destinada a zona privada de espacios libres de recreo y a la parcela de resultado destinada a instalación e infraestructuras, estableciéndose el grado de vinculación con las referidas parcelas, en función del coeficiente de participación asignado a cada una de las viviendas o elementos privativos integrantes tanto de la Comunidad General como de las tres Subcomunidades en la presente escritura de Declaración de Obra Nueva y división de propiedad Horizontal.
Es decir, tu casa está vinculada a esos elementos comunes (PARCELA A) y por tanto deberás contribuir al mantenimiento de esos elementos comunes según tu cuota de participación.
Los Estatutos dicen también:
CAPITULO TERCERO. DE LA PARTE PRIVATIVA
ARTICLULO 16. DESCRIPCION DE LOS ELEMENTOS PRIVATIVOS
Tal y como se ha expuesto en el artículo 7 de las presentes normas de comunidad, el conjunto urbanístico se encuentra formado por todos los elementos privativos que la conforman, sin perjuicio de que parte de los mismos conforman tres Subcomunidades, que actuarán en los asuntos que le son propios a las mismas, de ahí, que la parte privativa de la Comunidad general se encuentre inexorablemente constituida por todos y cada uno de los elementos privativos que constituyen tanto la presente Comunidad General como las indicadas Subcomunidades.
ARTICULO 17. ELEMENTOS PRIVATIVOS
Pertenecen a sus respectivos dueños, de manera exclusiva, la superficie y el volumen comprendidos dentro de los límites de los elementos privativos descritos en la presente escritura, en relación con las viviendas unifamiliares pareadas, así como las instalaciones, jardines y anejos que les sean exclusivos, espacios privativos de aprovechamiento independiente de los edificios de viviendas, así como las instalaciones y anejos que le sean exclusivos, y en idéntico sentido con respecto al edificio equipamental.
Yo según estos cuatro artículos (8, 9, 16 y 17) de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios entiendo que privativamente debo atender los gastos que se ocasionen en la superficie y volumen comprendidos dentro de los límites de mi propiedad así como de las instalaciones, jardines y anejos que me son exclusivos.
Y comúnmente debo atender en función de mi coeficiente los gastos que se ocasionen en la parcela resultante "A” destinada a zona privada de espacios libres de recreo y a la parcela de resultado destinada a instalación e infraestructuras (parcela esta última de unos 700 m2)
Ahora bien, los espacios de cesión pública (viales con todos sus componentes; alcantarillado, gas, pluviales, telecomunicaciones, alumbrado, mobiliario, etc... y jardines públicos), según convenio entre Promotora y Ayuntamientos, son también de mantenimiento privado, es decir, también me corresponde su mantenimiento. Pero a este mantenimiento he de contribuir no a través de la Comunidad de Propietarios sino a través de un Ente de Conservación. Este Ente de Conservación como su propio nombre indica (CONSERVACION) deberá funcionar cuando la Urbanización sea recepcionda en su totalidad y no antes.
Lee la jurisprudencia presentada en este caso muy semejante al nuestro:
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¿NO TE PARECE QUE NECESITAMOS ASESORAMIENTO JURIDICO COMO AGUA DE MAYO?
Hay que coger al toro por los cuernos de una vez por todas y solucionar todos estos entresijos.
A ver si los abogados contratados nos allanan un poco el camino.
Un saludo
Antonio- Padawan
- Mensajes : 114
Fecha de inscripción : 11/12/2009
EL ENTE DE CONSERVACION
Tras varios intentos por conseguirlos, por fin he conseguido los Estatutos del Ente de Conservación. Tras la lectura de los mismos, compruebo que el mantenimiento y limpieza de TODA LA URBANIZACION corresponde al 100% a los comuneros y quedando totalmente exentos de este deber los dos Ayuntamientos y que cada uno participará en este Ente con la misma cuota con la que participa en la Comunidad de Propietarios. Me sorprende que EXISTE AL MENOS UNA PARCELA que está exenta de pago en Comunidad y Ente de Conservación (la 131) ¿Os imagináis a quien pertenece? Pues eso.
Especifica claramente que el mantenimiento del ALCANTARILLADO corresponde a este ENTE DE CONSERVACION. Por tanto, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS está excluida de este deber.
Si como he dicho antes creo que nuestros abogados deben reclamar a la PROMOTORA, por el procedimiento que sea, el mantenimiento de esta Urbanización en tanto en cuanto no sea recepcionada la misma (en su totalidad) por los Ayuntamientos, también considero que nuestros abogados deben, o bien negociar con los distintos Ayuntamientos una distribución JUSTA en el mantenimiento de esta Urbanización, compartiendo dicho mantenimiento entre los comuneros y los dos Ayuntamientos o bien en último término y si no fuera posible lo primero, solicitar ante el Tribunal Contencioso-Administrativo la disolución del Ente de Conservación por entender que lo hace realmente lesivo para nuestros derechos y por tanto CONTRARIO A DERECHO.
Pudieran existir algunos razonamientos jurídicos para poder intentarlo.
1.- La falta de presencia de los destinatarios de la Entidad de Conservación en el momento de imponerla.
2.- Que los Ayuntamientos sean el órgano de tutela de esta Entidad de Conservación y consecuentemente, quienes, en última instancia han de acordar su disolución.
3.- La imposibilidad de la Entidad para autodisolverse, consecuencia directa de lo anterior, esto es, de que su actuación y decisiones estén sometidas a la potestad municipal cuando los Ayuntamientos son parte directamente beneficiada e interesada en que su existencia se prolongue indefinidamente.
4.- Los Estatutos de Este Ente de Conservación establecen como INDEFINIDO el plazo de duración del Ente.
La Jurisprudencia a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Febrero de 1.985 (RJ1985/990) cuya doctrina confirmada por otras varias como las S.T.S. de 2 de Julio de 1.991 (RJ1991/572) y 29 de Noviembre de 1.993 (RJ 1993/8796), ha destacado el carácter transitorio de ese deber, advertía que el mismo lo que perseguía era subsanar situaciones de dificultad o imposibilidad en la actuación municipal, no pudiendo por tanto la administración dilatar y prolongar de manera irrazonable y desproporcionada en el tiempo la asunción de tales responsabilidades a medio plazo ineludibles, ya que de otro modo comportaría una vinculación singular para ciertos propietarios merecedora de indemnización
Esa doctrina Jurisprudencial, con alguna vacilación inicial, se fue consolidando de tal modo, que ha sobrevivido a los turbulentos avatares jurídicos y tensiones de fuentes a que ha estado sometido el Derecho Urbanístico en la última década, quedando refrendada de forma rotunda en lo que a nuestro caso interesa por el art. 197 apartado 2 de la vigente Ley del Suelo del Parlamento Vasco 2/2006, de 30 de Junio que a la sazón establece:
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los propietarios de los terrenos comprendidos en una unidad de ejecución quedarán obligados a costear la conservación de las obras de urbanización e instalaciones públicas de la misma cuando así se imponga, de forma justificada y necesariamente con carácter temporal.
5.- Tras haber construido los propietarios del ámbito y cedido al Ayuntamiento para uso público una infraestructura con sus correspondientes aparcamientos, señalizaciones y con el correspondiente mobiliario urbano imponer tales deberes de conservación y mantenimiento supone un desequilibrio discriminatorio respecto a los demás vecinos del Municipio.
Pese a su carácter público, podían tener un disfrute limitado a los miembros de la urbanización por razón de la distancia, pero son utilizados de forma sistemática por cualquier vecino o cualquier otra persona ajena a la urbanización potenciándose desde la propia administración municipal de Abanto su utilización como un área de esparcimiento para los vecinos de Sanfuentes, representando por tanto un atractivo para el conjunto del Municipio.
En otros barrios como San Juan, Las Carreras, etc…, la prestación de los servicios, pese a la gran distancia existente con respecto al núcleo, corresponde en todo caso a los dos Ayuntamientos.
La injusticia que supone el pago doble y simultáneo de contribuciones a la Entidad de Conservación y al Ayuntamiento por los comuneros, resultando abusivo que mientras los servicios son prestados por tal Entidad de Conservación, sus miembros no se vean eximidos del cumplimiento de obligaciones económicas con respecto ambos Ayuntamientos.
Por todo ello, entiendo que pudiera reclamarse la disolución del Ente de Conservación porque pudiera ser considerado NULO DE PLENO DERECHO porque los Estatutos traen causa en los compromisos alcanzados entre la promotora y los Ayuntamientos, no habiendo casi ninguno de los comuneros participado en su redacción ni en la constitución de la Entidad de Conservación, resultando en tal caso de aplicación el artículo 16.3 de la nueva Ley 8/2.007, de 28 de Mayo del Suelo Estatal, que es la llamada a garantizar las condiciones básica de la propiedad urbanística, el cual saliendo al paso de tal clase de abusos dispone:
Los convenios o negocios jurídicos que el promotor de la actuación celebre con la administración correspondiente, no podrá establecer obligaciones ni prestaciones adicionales o más gravosas que las que procedan legalmente en perjuicio de los propietarios afectados. La cláusula que contravenga estas reglas será nula de pleno Derecho.
Imponer a cualquier comunero cualquier carga urbanística que implique un intento por tratar de prorrogar sin justificación cualquier deber temporal de conservación y mantenimiento, resulta ilegítimo, si no cuenta obviamente con el consentimiento unánime de todos los comuneros pues a ninguno de ellos se les puede privar de los derechos adquiridos
Igual me ha quedado un poco extenso el comentario. Lo siento
Seguiremos charlando sobre estos temas. Poco a poco nos iremos informando a través de los abogados y tendremos una idea clara de por qué camino debemos tirar.
Un saludo
Especifica claramente que el mantenimiento del ALCANTARILLADO corresponde a este ENTE DE CONSERVACION. Por tanto, la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS está excluida de este deber.
Si como he dicho antes creo que nuestros abogados deben reclamar a la PROMOTORA, por el procedimiento que sea, el mantenimiento de esta Urbanización en tanto en cuanto no sea recepcionada la misma (en su totalidad) por los Ayuntamientos, también considero que nuestros abogados deben, o bien negociar con los distintos Ayuntamientos una distribución JUSTA en el mantenimiento de esta Urbanización, compartiendo dicho mantenimiento entre los comuneros y los dos Ayuntamientos o bien en último término y si no fuera posible lo primero, solicitar ante el Tribunal Contencioso-Administrativo la disolución del Ente de Conservación por entender que lo hace realmente lesivo para nuestros derechos y por tanto CONTRARIO A DERECHO.
Pudieran existir algunos razonamientos jurídicos para poder intentarlo.
1.- La falta de presencia de los destinatarios de la Entidad de Conservación en el momento de imponerla.
2.- Que los Ayuntamientos sean el órgano de tutela de esta Entidad de Conservación y consecuentemente, quienes, en última instancia han de acordar su disolución.
3.- La imposibilidad de la Entidad para autodisolverse, consecuencia directa de lo anterior, esto es, de que su actuación y decisiones estén sometidas a la potestad municipal cuando los Ayuntamientos son parte directamente beneficiada e interesada en que su existencia se prolongue indefinidamente.
4.- Los Estatutos de Este Ente de Conservación establecen como INDEFINIDO el plazo de duración del Ente.
La Jurisprudencia a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Febrero de 1.985 (RJ1985/990) cuya doctrina confirmada por otras varias como las S.T.S. de 2 de Julio de 1.991 (RJ1991/572) y 29 de Noviembre de 1.993 (RJ 1993/8796), ha destacado el carácter transitorio de ese deber, advertía que el mismo lo que perseguía era subsanar situaciones de dificultad o imposibilidad en la actuación municipal, no pudiendo por tanto la administración dilatar y prolongar de manera irrazonable y desproporcionada en el tiempo la asunción de tales responsabilidades a medio plazo ineludibles, ya que de otro modo comportaría una vinculación singular para ciertos propietarios merecedora de indemnización
Esa doctrina Jurisprudencial, con alguna vacilación inicial, se fue consolidando de tal modo, que ha sobrevivido a los turbulentos avatares jurídicos y tensiones de fuentes a que ha estado sometido el Derecho Urbanístico en la última década, quedando refrendada de forma rotunda en lo que a nuestro caso interesa por el art. 197 apartado 2 de la vigente Ley del Suelo del Parlamento Vasco 2/2006, de 30 de Junio que a la sazón establece:
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los propietarios de los terrenos comprendidos en una unidad de ejecución quedarán obligados a costear la conservación de las obras de urbanización e instalaciones públicas de la misma cuando así se imponga, de forma justificada y necesariamente con carácter temporal.
5.- Tras haber construido los propietarios del ámbito y cedido al Ayuntamiento para uso público una infraestructura con sus correspondientes aparcamientos, señalizaciones y con el correspondiente mobiliario urbano imponer tales deberes de conservación y mantenimiento supone un desequilibrio discriminatorio respecto a los demás vecinos del Municipio.
Pese a su carácter público, podían tener un disfrute limitado a los miembros de la urbanización por razón de la distancia, pero son utilizados de forma sistemática por cualquier vecino o cualquier otra persona ajena a la urbanización potenciándose desde la propia administración municipal de Abanto su utilización como un área de esparcimiento para los vecinos de Sanfuentes, representando por tanto un atractivo para el conjunto del Municipio.
En otros barrios como San Juan, Las Carreras, etc…, la prestación de los servicios, pese a la gran distancia existente con respecto al núcleo, corresponde en todo caso a los dos Ayuntamientos.
La injusticia que supone el pago doble y simultáneo de contribuciones a la Entidad de Conservación y al Ayuntamiento por los comuneros, resultando abusivo que mientras los servicios son prestados por tal Entidad de Conservación, sus miembros no se vean eximidos del cumplimiento de obligaciones económicas con respecto ambos Ayuntamientos.
Por todo ello, entiendo que pudiera reclamarse la disolución del Ente de Conservación porque pudiera ser considerado NULO DE PLENO DERECHO porque los Estatutos traen causa en los compromisos alcanzados entre la promotora y los Ayuntamientos, no habiendo casi ninguno de los comuneros participado en su redacción ni en la constitución de la Entidad de Conservación, resultando en tal caso de aplicación el artículo 16.3 de la nueva Ley 8/2.007, de 28 de Mayo del Suelo Estatal, que es la llamada a garantizar las condiciones básica de la propiedad urbanística, el cual saliendo al paso de tal clase de abusos dispone:
Los convenios o negocios jurídicos que el promotor de la actuación celebre con la administración correspondiente, no podrá establecer obligaciones ni prestaciones adicionales o más gravosas que las que procedan legalmente en perjuicio de los propietarios afectados. La cláusula que contravenga estas reglas será nula de pleno Derecho.
Imponer a cualquier comunero cualquier carga urbanística que implique un intento por tratar de prorrogar sin justificación cualquier deber temporal de conservación y mantenimiento, resulta ilegítimo, si no cuenta obviamente con el consentimiento unánime de todos los comuneros pues a ninguno de ellos se les puede privar de los derechos adquiridos
Igual me ha quedado un poco extenso el comentario. Lo siento
Seguiremos charlando sobre estos temas. Poco a poco nos iremos informando a través de los abogados y tendremos una idea clara de por qué camino debemos tirar.
Un saludo
Antonio- Padawan
- Mensajes : 114
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Hola Antonio.
Excelente la información aportada en tus dos últimos post .
¿Podrías copiarlos en el foro de temas legales? Es para que no se "pierdan" entre el resto de mensajes.
Muchas gracias por el trabajo de "investigación"
Admin.
Excelente la información aportada en tus dos últimos post .
¿Podrías copiarlos en el foro de temas legales? Es para que no se "pierdan" entre el resto de mensajes.
Muchas gracias por el trabajo de "investigación"
Admin.
Re: Junta General 2 Diciembre
Antonio.
Gracias por la información...ahora tengo claro que necesitamos a alguien que nos deje claros todos estos asuntos, es decir, necesitamos asesoramiento legal más que respirar.
Además después de leer el post me surgen más dudas...¿según he entendido todo lo que queda dentro de digamos "mi propiedad" es elemento privativo? ¿Pero las fachadas y tejados de las pastillas...no deberían ser elementos comunes? Bueno, quizás sean elementos privativos pero sujetos a unas normas, es decir, yo no puedo pintar mi fachada de rosa ni puedo hacer un mirador en mi tejado...porque aún siendo elemento privativo está sujeto a normas de comunidad. ¿Es así?
Sobre el ente de conservación...pues no tengo claro casi nada...
Buf!!! Vaya lío...
A ver si entre todos (y con el asesoramiento legal) vamos arrojando algo de luz sobre estas "tinieblas" .
Un saludo....
VercinoMedio
Gracias por la información...ahora tengo claro que necesitamos a alguien que nos deje claros todos estos asuntos, es decir, necesitamos asesoramiento legal más que respirar.
Además después de leer el post me surgen más dudas...¿según he entendido todo lo que queda dentro de digamos "mi propiedad" es elemento privativo? ¿Pero las fachadas y tejados de las pastillas...no deberían ser elementos comunes? Bueno, quizás sean elementos privativos pero sujetos a unas normas, es decir, yo no puedo pintar mi fachada de rosa ni puedo hacer un mirador en mi tejado...porque aún siendo elemento privativo está sujeto a normas de comunidad. ¿Es así?
Sobre el ente de conservación...pues no tengo claro casi nada...
Buf!!! Vaya lío...
A ver si entre todos (y con el asesoramiento legal) vamos arrojando algo de luz sobre estas "tinieblas" .
Un saludo....
VercinoMedio
VecinoMedio- Padawan
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 02/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
...Y Salud.
Resumiendo a mi modesto parecer ...
Hay muchas maneras de marear la perdiz, y complicar mas los asuntos en vez de darlos la sencillez que los magistrados necesitan, dando esta informacion a los letrados, a lo unico que llegaran es a poco o a nada.
Por contra , el lado oscuro ( Loruri y Cia ).Diran que no estamos conformes con los Estatutos y con el Ente de conserv.. ( 8º..pasajero desde ahora ) que en un dia se aprobaron en junta.
Como indudablemente, en la aprobacion de dichos estatutos asi como el del 8º pasajero. El Sr Morga poseia mas del 50% de las viviendas. En definitiva hizo y creo todo a su conveniencia. Es por ese motivo, la existencia articulos en nuestros estatutos que se contradicen. El creo unos estatutos a medida, pero con su soberbia da lugar a estas graves irregularidades. A la vez que pacto el supuesto "Alien" con los Ayuntamientos ( Ente de Conservacion)...esto no hay donde cogerlo....
Deberiamos de constituir nuevos estatutos, los reales a nuestras necesidades actuales y no acatar los que nos impuso el constructor..( esto a algo me suena )..Que en las circustancias que se dieron en la aprobacion de los estatutos fueron totalmente alegales... Bueno y en esa misma situacion esta lo del 8º pasajero.
Conclusion: Debemos empezar desde cero... queda trabajo por hacer. APTITUD , COMPROMISO Y TRABAJO... Por parte de tod@s.
Unas rondas auzokidek .
¡¡¡ GORA LA MAGDALENA AUZOA!!!
Resumiendo a mi modesto parecer ...
Hay muchas maneras de marear la perdiz, y complicar mas los asuntos en vez de darlos la sencillez que los magistrados necesitan, dando esta informacion a los letrados, a lo unico que llegaran es a poco o a nada.
Por contra , el lado oscuro ( Loruri y Cia ).Diran que no estamos conformes con los Estatutos y con el Ente de conserv.. ( 8º..pasajero desde ahora ) que en un dia se aprobaron en junta.
Como indudablemente, en la aprobacion de dichos estatutos asi como el del 8º pasajero. El Sr Morga poseia mas del 50% de las viviendas. En definitiva hizo y creo todo a su conveniencia. Es por ese motivo, la existencia articulos en nuestros estatutos que se contradicen. El creo unos estatutos a medida, pero con su soberbia da lugar a estas graves irregularidades. A la vez que pacto el supuesto "Alien" con los Ayuntamientos ( Ente de Conservacion)...esto no hay donde cogerlo....
Deberiamos de constituir nuevos estatutos, los reales a nuestras necesidades actuales y no acatar los que nos impuso el constructor..( esto a algo me suena )..Que en las circustancias que se dieron en la aprobacion de los estatutos fueron totalmente alegales... Bueno y en esa misma situacion esta lo del 8º pasajero.
Conclusion: Debemos empezar desde cero... queda trabajo por hacer. APTITUD , COMPROMISO Y TRABAJO... Por parte de tod@s.
Unas rondas auzokidek .
¡¡¡ GORA LA MAGDALENA AUZOA!!!
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
CORRECCION DE UN ERROR
En un comentario anterior me he referido a la parcela 131 como exenta. No me refería a esta parcela sino a la PRIVATIVA de uso equipamental.
Antonio- Padawan
- Mensajes : 114
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Antonio.
Gracias por poner lso mensajes en el subforo de temas legales
Admin.
Gracias por poner lso mensajes en el subforo de temas legales
Admin.
Respuesta a preguntas de VecinoMedio
VecinoMedio: Esto es lo que yo creo, puedo estar equivocado, pero lo iremos comprobando a través de preguntas que podamos hacer al Asesor que hemos contratado.
El mantenimiento de la urbanización ha de hacerse por los comuneros de la siguiente forma:
a) Privativamente. Todo lo que está dentro de tu parcela y te sea exclusivo,(fachada, tejado, canalones, bajantes, muros de separación..etc) Respetando, a la hora de reparar o realizar ciertas cosas, unas normas comunitarias de obligado cumplimiento (coleres de pintura, altura de muros, casetas en jardín, etc..).
b) A traves de la Comunidad de Propietarios. A través de esta Comunidad hay que mantener dos parcelas (la parcela donde está la piscina, los padels, los columpios) y (la parcela donde está la depuradora).
c) A través del Ente de Conservación. Todo lo demás que no sea privativo y no pertenezca a estas dos parcelas. (Saneamientos, viales, aparatos de alumbrado público, telecomunicaciones, gas, etc....)
Es evidente que el mantenimiento de los apartados a y b se da por asumido.
Es el mantenimiento del apartado c (Ente de Conservación) el que considero que hay que negociar con los Ayuntamientos. De hecho, ya hubo un intento de negociación (eliminar la depuradora y llevar las fecales al colector pero no se como quedó ese asunto). Podría ser un punto de partida. Pero habría que ir más lejos. Habría que establecer un límite temporal razonable del mantenimiento por parte nuestra y posteriormente ceder el mantenimiento a los Ayuntamientos. De esa forma se cumpliría la ley, que así lo establece.
Por otra parte, parece ser que el Presidente junto con el abogado han estado la semana pasada hablando con el Concejal de Urbanismo de Santurtzi sobre el informe de LKS y otro "contrainforme" presentado por la Promotora.
A ver si diablilla se conecta al foro y nos aclara un poco por donde fueron los tiros en la reunión.
Un saludo VecinoMedio
PD: reitero mi impresión de que el mantenimiento del apartado c no debemos asumirlo hasta no estar la urbanización recepcionada por completo. Que cada cual aguante su vela. En este caso la vela le corresponde a la Promotora.
El mantenimiento de la urbanización ha de hacerse por los comuneros de la siguiente forma:
a) Privativamente. Todo lo que está dentro de tu parcela y te sea exclusivo,(fachada, tejado, canalones, bajantes, muros de separación..etc) Respetando, a la hora de reparar o realizar ciertas cosas, unas normas comunitarias de obligado cumplimiento (coleres de pintura, altura de muros, casetas en jardín, etc..).
b) A traves de la Comunidad de Propietarios. A través de esta Comunidad hay que mantener dos parcelas (la parcela donde está la piscina, los padels, los columpios) y (la parcela donde está la depuradora).
c) A través del Ente de Conservación. Todo lo demás que no sea privativo y no pertenezca a estas dos parcelas. (Saneamientos, viales, aparatos de alumbrado público, telecomunicaciones, gas, etc....)
Es evidente que el mantenimiento de los apartados a y b se da por asumido.
Es el mantenimiento del apartado c (Ente de Conservación) el que considero que hay que negociar con los Ayuntamientos. De hecho, ya hubo un intento de negociación (eliminar la depuradora y llevar las fecales al colector pero no se como quedó ese asunto). Podría ser un punto de partida. Pero habría que ir más lejos. Habría que establecer un límite temporal razonable del mantenimiento por parte nuestra y posteriormente ceder el mantenimiento a los Ayuntamientos. De esa forma se cumpliría la ley, que así lo establece.
Por otra parte, parece ser que el Presidente junto con el abogado han estado la semana pasada hablando con el Concejal de Urbanismo de Santurtzi sobre el informe de LKS y otro "contrainforme" presentado por la Promotora.
A ver si diablilla se conecta al foro y nos aclara un poco por donde fueron los tiros en la reunión.
Un saludo VecinoMedio
PD: reitero mi impresión de que el mantenimiento del apartado c no debemos asumirlo hasta no estar la urbanización recepcionada por completo. Que cada cual aguante su vela. En este caso la vela le corresponde a la Promotora.
Antonio- Padawan
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Fecha de inscripción : 11/12/2009
De nada, a sus órdenes admin.
Admin escribió:Antonio.
Gracias por poner lso mensajes en el subforo de temas legales
Admin.
Antonio- Padawan
- Mensajes : 114
Fecha de inscripción : 11/12/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Antonio.
Estoy contigo en que el ente de conservación, es de eso, de "conservación" y no tiene (tenemos) que asumir ningún tipo de deficiencia en la "entrega" de la urbanización. A mi el banco no me "perdona" ni un mes la hipoteca, así que tampoco tenemos que "perdonar" ni una baldosa torcida. El caso es que cuanto más se tarde en recepcionar (no se si es la palabra correcta) la urbanización, más cosas iran apareciendo.
Por otra parte, según tengo entendido las constructoras/promotoras tienen que entregar unos avales en los aytos. para evitar este tipo de cosas. ¿Donde están estos avales? ¿porqué no los ejecutan los aytos?
Un saludo a todos , incluso a los LNE (lectores no escritores)
VecinoMedio
Estoy contigo en que el ente de conservación, es de eso, de "conservación" y no tiene (tenemos) que asumir ningún tipo de deficiencia en la "entrega" de la urbanización. A mi el banco no me "perdona" ni un mes la hipoteca, así que tampoco tenemos que "perdonar" ni una baldosa torcida. El caso es que cuanto más se tarde en recepcionar (no se si es la palabra correcta) la urbanización, más cosas iran apareciendo.
Por otra parte, según tengo entendido las constructoras/promotoras tienen que entregar unos avales en los aytos. para evitar este tipo de cosas. ¿Donde están estos avales? ¿porqué no los ejecutan los aytos?
Un saludo a todos , incluso a los LNE (lectores no escritores)
VecinoMedio
VecinoMedio- Padawan
- Mensajes : 84
Fecha de inscripción : 02/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Vecinos y para las 207 entradas en este post...
... Al final , esto huele al maestro armero .
Los ...me parece. que ya colgaron la txapa... Y de aqui en poco tiempo ...Loruri se desvanecera.
A mi humilde entender. Con el lio nos quedamos nosotros y los ediles actuales ( que no estuvieron en las negociaciones de esta actuacion urbanistica...).
.. Que se preguntaran los alcaldes:... Si Loruri desaparece ( un Telediario) ¿A quien, NO recepciono esta Urbanizacion?...
... Al final , esto huele al maestro armero .
Los ...me parece. que ya colgaron la txapa... Y de aqui en poco tiempo ...Loruri se desvanecera.
A mi humilde entender. Con el lio nos quedamos nosotros y los ediles actuales ( que no estuvieron en las negociaciones de esta actuacion urbanistica...).
.. Que se preguntaran los alcaldes:... Si Loruri desaparece ( un Telediario) ¿A quien, NO recepciono esta Urbanizacion?...
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
Re: Junta General 2 Diciembre
Hola foreros
Contestando a vecino medio sobre el tema de los avales,es asombroso el mamoneo que hubo con esto.
El ayuntamiento de Abanto no tiene ni un euro de aval,simplemente no pidieron ninguno,(bueno si ,se avalaron con nuestras propias casas)por eso se le presiono al alcalde para que nos no dejara en pelotas en caso de que se piraran los de Loruri y les paralizo la venta de los locales.El de santurtzi tambien tiene miga, pidió avales,pero se les iban devolviendo ,según iban acabando las fases de la urba( sin supervisar como estaba esto)el caso es que en una reunion con el alcalde, que cuando aquello era Cruz
preguntó por los avales y los demas casi silbaban y miraban "pa" arriba.¡anda ,que bien sabia el, que los avales ya casi se habían" entregado" (o repartido entre todos) el 70% y quedaban menos de 200.000 € y todo hecho una mierda(perdón por la expresión).
Y a Antonio,decirle que todavia no me he enterado de lo que ha salido de la reunion ,pero que en cuanto me entere os lo cuento todo, todo y todo... :
Contestando a vecino medio sobre el tema de los avales,es asombroso el mamoneo que hubo con esto.
El ayuntamiento de Abanto no tiene ni un euro de aval,simplemente no pidieron ninguno,(bueno si ,se avalaron con nuestras propias casas)por eso se le presiono al alcalde para que nos no dejara en pelotas en caso de que se piraran los de Loruri y les paralizo la venta de los locales.El de santurtzi tambien tiene miga, pidió avales,pero se les iban devolviendo ,según iban acabando las fases de la urba( sin supervisar como estaba esto)el caso es que en una reunion con el alcalde, que cuando aquello era Cruz
preguntó por los avales y los demas casi silbaban y miraban "pa" arriba.¡anda ,que bien sabia el, que los avales ya casi se habían" entregado" (o repartido entre todos) el 70% y quedaban menos de 200.000 € y todo hecho una mierda(perdón por la expresión).
Y a Antonio,decirle que todavia no me he enterado de lo que ha salido de la reunion ,pero que en cuanto me entere os lo cuento todo, todo y todo... :
la diablilla- Caballero Jedi
- Mensajes : 184
Fecha de inscripción : 08/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Bueno, que ya me he enterado que resulta que la reunion que iba a ver con los concejales y tecnicos no era el miercoles pasado,era ayer y pude ir personalmente junto con Patxi ,el abogado y el administrador Iñigo.La cita era a la una de la tarde y no entramos hasta la una y media.
Estaban los concejales de Abanto y Santurtzi y los arquitectos y tecnicos de los dos ayuntamientos.
En concreto se hablo de el informe de LKS que se le habia presentado a Loruri y que ellos (loruri) habían pedido tiempo para hacer otro informe ,lo ha realizado el primer arquitecto,Pablo Estefania y un segundo arquitecto un tal Aitor Recio (no me acuerdo muy bien si es este el apellido igual me equivoco),bueno pues han presentado el informe y el ayuntamiento le ha pedido a LKS otro contra informe y estan esperando a este.
Total que nos han asegurado ,que en cuanto reciban el contra informe de LKS van a reunirse con Loruri y le van a ejecutar avales ( o eso nos aseguraron con rotundidad,hasta que no lo vea no lo creo)y bueno pues se les comento los problemas que tenemos en general en toda la urba,se les pidieron cosas ,pero ellos se escudan ,que como no este recepcionáda la urbanización no les corresponde hacernos nada y que todo le corresponde a Loruri(ya lo sabemos),pero esto es la pescadilla que se muerde la cola y nosotros sufriendo las consecuencias.
Esto es a grosso modo, lo que fue la reunion .,
MUCHO ROLLO
Estaban los concejales de Abanto y Santurtzi y los arquitectos y tecnicos de los dos ayuntamientos.
En concreto se hablo de el informe de LKS que se le habia presentado a Loruri y que ellos (loruri) habían pedido tiempo para hacer otro informe ,lo ha realizado el primer arquitecto,Pablo Estefania y un segundo arquitecto un tal Aitor Recio (no me acuerdo muy bien si es este el apellido igual me equivoco),bueno pues han presentado el informe y el ayuntamiento le ha pedido a LKS otro contra informe y estan esperando a este.
Total que nos han asegurado ,que en cuanto reciban el contra informe de LKS van a reunirse con Loruri y le van a ejecutar avales ( o eso nos aseguraron con rotundidad,hasta que no lo vea no lo creo)y bueno pues se les comento los problemas que tenemos en general en toda la urba,se les pidieron cosas ,pero ellos se escudan ,que como no este recepcionáda la urbanización no les corresponde hacernos nada y que todo le corresponde a Loruri(ya lo sabemos),pero esto es la pescadilla que se muerde la cola y nosotros sufriendo las consecuencias.
Esto es a grosso modo, lo que fue la reunion .,
MUCHO ROLLO
la diablilla- Caballero Jedi
- Mensajes : 184
Fecha de inscripción : 08/11/2009
Re: Junta General 2 Diciembre
Salud Diabli....
Gracias por la info ... Yo opino , como ellos todavia no han recepcionado ...pues los responsables son Loruri ; Entoces Denuncias por lo penal si hace falta... Solo con nuestro informe (LKS) ir a Barakaldo y denunciar cada deficiencia... pero hay que denunciar Ya.
Si nosotros nos gastamos la pasta ,ellos tambien..tienen que empezar ha sentir nuestro aliento y para ellos el tiempo corre a su favor y nosotros nos aburrimos y seguimos viviendo nuestra vida . y ya estamos acostumbrados ... y el tiempo ,pasa, pasa......
Las guerras en caliente para ganarlas y negociar a estas alturas nada... No hay mas que recordar al pueblo Saharaui mas de treita años sin nada ,desterrados en un desierto (..igual no es buen ejemplo).
...Y ya, llegara el dia de tirar de responsabilidades dentro de los ayuntas.. Como han llevado este tema.
Gracias por la info ... Yo opino , como ellos todavia no han recepcionado ...pues los responsables son Loruri ; Entoces Denuncias por lo penal si hace falta... Solo con nuestro informe (LKS) ir a Barakaldo y denunciar cada deficiencia... pero hay que denunciar Ya.
Si nosotros nos gastamos la pasta ,ellos tambien..tienen que empezar ha sentir nuestro aliento y para ellos el tiempo corre a su favor y nosotros nos aburrimos y seguimos viviendo nuestra vida . y ya estamos acostumbrados ... y el tiempo ,pasa, pasa......
Las guerras en caliente para ganarlas y negociar a estas alturas nada... No hay mas que recordar al pueblo Saharaui mas de treita años sin nada ,desterrados en un desierto (..igual no es buen ejemplo).
...Y ya, llegara el dia de tirar de responsabilidades dentro de los ayuntas.. Como han llevado este tema.
Katxiporreta- Caballero Jedi
- Mensajes : 162
Fecha de inscripción : 03/11/2009
Edad : 58
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